El proceso de coordinación se produce en los siguientes escenarios:
- Coincidencia finca registral-realidad física-Catastro
- Coincidencia finca registral-realidad física. Discrepancia con Catastro
- Coincidencia realidad fisica-Catastro. Discrepancia con finca registral
- No coincidencia con realidad fisica ni de finca registral ni de Catastro
Tal y como comentamos, adjunto esquema y resumen de la exposición del S. Eduardo García del Colegio de Notarios de Valencia:
¿Cuando hay que hacer la Representación Gráfica Alternativa EN UNA FINCA(Coordinación CATASTRO-REGISTRO), tanto en Modificaciones de fincas como en ventas, herencias ….?:
1-COINCIDENCIA FINCA REGISTRAL-REALIDAD FISICA. DISCREPANCIA CON CATASTRO (ARTS 199.2 LH-18.3 LCI)
2- NO COINCIDENCIA CON REALIDAD FISICA – NI REGISTRAL- NI DE CATASTRO.
¿Cuando hay que hacer la Certificación catastral descriptiva y gráfica?:
1- COINCIDENCIA REALIDAD FISICA-CATASTRO – DISCREPANCIA CON FINCA REGISTRAL.
También hay que tener en cuenta que se debe hacer cundo LA REALIDAD INMOBILIARIA exista:
– MODIFICACIÓN
-DISCREPANCIA
Cuando existe Discrepancia se debe corregir para que el Registro pueda amparar la realidad de las Parcelas.
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